¿Quién debe firmarlo?

El Consentimiento Informado debe estar firmado por el Médico Tratante, por el paciente y por dos testigos; en caso de estar incapacitado para hacerlo o ser menor de edad, puede firmarlo el padre, madre, tutor, familiar más cercano mayor de edad o responsable legal, que haya recibido y comprendido la información.
El Artículo 83 de la Ley General de Salud, establece que el Consentimiento Informado deberá ser firmado invariablemente por dos testigos, en caso de realizarse una amputación o mutilación orgánica, que produzca una modificación física, fisiológica o mental permanente.
Usted firmará un Consentimiento Informado cada vez que requiera someterse a cualquiera de los siguientes tratamientos de riesgo:

  • Procedimientos quirúrgicos.
  • Procedimientos que  requieran anestesia.
  • Actos transfusionales.
  • Tratamientos de quimioterapia.
  • Procedimientos endoscópicos.
  • Estudios invasivos o con medio de contraste en Radiología e Imagen.
  • Procedimientos de intervención vascular.
  • Investigación clínica en seres humanos.
  • Otras situaciones especiales a juicio de su Médico Tratante.

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